La Audiencia de Barcelona confirma el criterio del Gremi (CETRAA Barcelona)

La Audiencia de Barcelona confirma que es correcto el criterio del Gremi en la protesta contra el sistema de las aseguradoras, al calificar como siniestro total los daños de un vehículo con la excusa de que el valor de su reparación es superior al valor venal

En esta ocasión ha sido la sección 14 de la Audiencia, dando la razón a la valoración de un perito colaborador del Gremi en la tasación de un vehículo. En este caso la compañía Mapfre había valorado los daños de un vehículo que no había tenido culpa en el accidente en 3.500 € y le ofreció indemnización a su cliente por 3.300 €.

El servicio jurídico del Gremi con la colaboración de un perito, estableció que, de acuerdo con el criterio del taller reparador, la factura podía subir a 5.920 € incluyendo IVA y alguna pieza alternativa para reducir costes. El valor de mercado era de 4.950 €. La aseguradora rechazó dicho pago.

Probado que se estaba haciendo la reparación, un juzgado de Gavà dictó sentencia de que no había grave desproporción entre el valor de mercado, unos 4900 €, del vehículo y su reparación incluyendo el IVA.

La aseguradora apeló la sentencia y el servicio jurídico del Gremi consiguió su ejecución provisional, para que el taller pudiera cobrar de su clienta.

También el servicio jurídico contestó la apelación ante la Audiencia, no existía gran diferencia entre el valor de mercado y la reparación, el IVA se paga, pero no aumenta el valor del vehículo para su valoración.

La sentencia dicta que no es desproporcionado el coste de reparación de 5.920 € en relación con el valor de mercado del vehículo 4.950 €. Las costas son para la aseguradora apelante en ambos juicios, demanda y apelación. Así se confirma que la gestión del Gremi evita gastos al cliente y al taller para obtener la justa indemnización.

Es esencial que, ante los abusos de calificación de daños como siniestro total por las compañías, al confundir valor venal y de mercado, el taller COMPRUEBE cuál sea el valor de mercado del vehículo y por esa suma orientativa confirmada por perito particular, se puede obtener la indemnización de reparación de los daños recibidos más el IVA incluido en la factura, si la diferencia no es gravemente desproporcionada.